9 de octubre de 2015

Un poco de justicia para los bosques



POR PRIMERA VEZ CONDENAN PENALMENTE A UN TERRATENIENTE POR UN DESMONTE ILEGAL 

En un fallo histórico, por primera vez la Justicia argentina condenó penalmente a un empresario por un desmonte ilegal. Serán seis meses de prisión condicional por desobedecer la clausura y seguir cultivando en una finca de casi 17.000 hectáreas a la que previamente había desmontado sin autorización. 

Por Hernán L. Giardini 

El empresario condenado por la Justicia de Salta es un conocido terrateniente de la zona de Dragones, al norte de la provincia: Juan José Karlen. En abril de 2013 una investigación e intervención en terreno de la AFIP detectó la presencia de unos “157 empleados no declarados, entre los que había menores, que eran sometidos a condiciones infrahumanas” de trabajo y vivienda en uno de los campos de Karlen. El empresario agropecuario es dueño de varias estancias (la desmontada tiene 16.600 hectáreas) que en el año anterior les habían generado ventas por 70 millones de pesos, según lo que él mismo había declarado.

El caso había sido denunciado por Greenpeace en su informe "Salta: El festival de desmontes no se detiene".

Cabe advertir que recién después de la denuncia del organismo de control tributario nacional, la Secretaría de Ambiente de la provincia “descubrió” que el imputado no tenía permisos para desmontar, por lo que recién ahí ordenó el cese de las actividades y clausuró con fajas el predio, aunque el empresario luego las rompió y siguió produciendo como si no tuviera ningún impedimento legal. 

Resulta muy preocupante que, sin que ninguna autoridad provincial lo note, durante los primeros meses de 2013 se haya desmontado ilegalmente una finca de  casi el tamaño de la ciudad de Buenos Aires; lo que evidencia la falta de voluntad política del gobierno de Salta para aplicar la Ley de Bosques. 

Pero dos años y medio después, el caso llegó a juicio: el Fiscal Penal 2 de la ciudad de Tartagal, Pablo Cabot, acusó al titular de la finca Juan José Karlen, su hijo Daniel Darío Karlen y, al encargado de la finca, Miguel Ángel González, por el delito de desobediencia judicial. En la primera audiencia de debate, realizada el 24 de septiembre pasado, declararon diez testigos, cinco de ellos funcionarios, abogados y técnicos de la Secretaría de Ambiente de Salta, quienes fueron contundentes al confirmar que la propiedad no estaba autorizada para los desmontes. Declararon que al inspeccionar la finca, el 11 de abril de 2013, descubrieron que los acusados habían desobedecido dicha restricción y llevaron adelante los desmontes, razón por la cual los funcionarios, junto a personal policial, clausuraron la estancia, aunque posteriormente los dueños rompieron las fajas y siguieron con las tareas. A esto se sumaron los testimonios de los policías, quienes confirmaron las tareas de desmontes. Al momento de los alegatos, el fiscal fue determinante al exponer la conducta delictiva de los Karlen, para quienes pidieron la pena de un año de prisión, el máximo del delito, contemplado en el artículo 239 del Código Penal (desobediencia a la autoridad). El fiscal hizo hincapié en las determinaciones de daños ambientales y sociales de la actividad y la desaprensión de los finqueros, conforme las medidas de pruebas realizadas posteriormente por una comisión de técnicos expertos del Cuerpo de Investigaciones Fiscales de Salta y del Gobierno de la Provincia. La tarea del equipo fiscal y de los auxiliares especializados de la Procuración General de la Provincia permitió sortear los distintos planteos dilatorios interpuestos por la defensa de los Karlen. En general, en el uso del Derecho Penal para la protección ambiental los fiscales encuentran mucha oposición debido al poder económico puesto de manifiesto por los empresarios incursos en este tipo de delitos. 

A partir de las pruebas y las testimoniales escuchadas en el debate, y el alegato del fiscal, la vocal de la sala II del Tribunal de Juicio de Tartagal, Azucena Vázquez, condenó el 2 de octubre pasado a Juan José Karlen a la pena de seis meses de prisión condicional por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de “desobediencia a la autoridad”. Los otros dos acusados quedaron absueltos. “La condena fue al titular registral de la finca por las pruebas que tenemos. Ni Karlen ni los otros acusados declararon y pese a que tenía denuncias que Daniel Karlen (hijo del condenado) era el que dirigía los trabajos, no tuve pruebas”, dijo la magistrada. Agregó que el empresario, durante dos años debe cumplir con las siguientes “reglas de conducta”: constituir domicilio, someterse al cuidado del patronato de liberados, evitar el consumo de estupefacientes y el abuso de bebidas alcohólicas, quedando ahora en manos de la Fscalía Civil de Tartagal, el reclamo por los daños y perjuicios colectivos provocados.

Se trata de la primera condena en dictarse en el país por desmontes ilegales, figura que casualmente no se encuentra prevista en la Código Penal Argentino, pero sí en la mayoría de los códigos Latinoamericanos y en la Comunidad Europea. Sin dudas es un paso alentador ya que, aunque la condena sea leve, sienta un precedente. Pero falta: la provincia deberá asegurar la recomposición ambiental tal como lo establece la Ley de Bosques.

En su artículo 40 la normativa forestal nacional dicta que “en los casos de bosques nativos que hayan sido afectados por incendios o por otros eventos naturales o antrópicos que los hubieren degradado, corresponde a la autoridad de aplicación de la jurisdicción respectiva la realización de tareas para su recuperación y restauración, manteniendo la categoría de clasificación que se hubiere definido en el ordenamiento territorial”. En ese sentido, la reglamentación de dicho artículo estipula que los trabajos de restauración “podrán ser ejecutados por el Estado Nacional o Provincial según corresponda, con cargo al titular y/o responsable del siniestro o directamente por estos con la supervisión de la autoridad competente. En todos los casos se mantendrá la categoría de conservación del bosque que se hubiere definido en el Ordenamiento de los Bosques Nativos efectuado”. 

Sin embargo, se desconocen casos en los que el gobierno de Salta o la Secretaría de Ambiente de la Nación hayan restaurado u obligado a restaurar a quienes desmontan donde no está permitido. 

Argentina está en emergencia forestal: un reciente informe de la FAO ubica a nuestro país en el 9° puesto entre los países con más deforestación de los últimos 25 años. Entre 1990 y 2015 se desmontaron 7,6 millones de hectáreas (el 22% de los bosques), a razón de 300.000 por año. 

Según datos oficiales, desde la sanción de la Ley de Bosques (fines de 2007) hasta fines de 2014 se desmontaron 2.107.208 hectáreas. El 80% de la deforestación se concentra en 4 provincias: Santiago del Estero (674.232 hectáreas), Salta (506.968 hectáreas), Formosa (246.134 hectáreas) y Chaco (237.384 hectáreas). Lo más grave es que se desmontaron 626.244 hectáreas de bosques protegidos.

Al menos con esta condena hay un poco de justicia para los bosques.

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